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Mostrando las entradas etiquetadas como Inmobiliarias

Ayudas a las Comunidades de vecinos para la conservación, ahorro energético y accesibilidad de la Junta de Castilla y León

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La Junta de Castilla y León, sacará las ayudas para rehabilitación de viviendas en diciembre, según el artículo publicado en  elnortedecastilla.es Estarán orientadas a inmuebles levantados antes de 1981, donde la mayor parte de la superficie esté destinada a vivienda. Recogen tres lineas básicas: La conservación. La calidad y la sostenibilidad (ahí entra el ahorro energético). La accesibilidad.                                                                                               Edificio rehabilitado en Paseo del Cauce. Valladolid                                                             ...

LA ANULACIÓN DE LA INSTRUCCIÓN DE LAS ITES NO EXIME DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTARLA ANTE EL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

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El Ayuntamiento de Valladolid ha publicado la siguiente NOTA INFORMATIVA : La Instrucción del Ayuntamiento de Valladolid reguladora de las Inspecciones Técnicas de Edificios (publicada en el BOP de Valladolid de 21 de mayo de 2011) ha sido anulada por Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia nº 310 de 23 de diciembre de 2013. Ello no implica que se suprima la obligación de presentar la Inspección Técnica de Edificios en Valladolid. Dicha obligación, viene impuesta por ley, en la normativa que a continuación se detalla, resultando de obligado cumplimiento y de aplicación directa en ausencia de la Instrucción municipal.   La Normativa de aplicación para las Inspecciones Técnicas de Edificios, que se presenten en el Ayuntamiento de Valladolid, es la siguiente (*): 1. Artículo 110 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León aprobada por Ley 5/1999, de 8 de abril (BOCYL de 15 de abril de 1999), modificado por la Disposición Final primera ...

INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS ¿ES OBLIGATORIO?

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LOS EDIFICIOS CON ANTIGÜEDAD PRÓXIMA A LOS 50 AÑOS Y CON ITES EN CURSO DEBEN PRESENTARLA LO ANTES POSIBLE O SE VERÁN OBLIGADOS A REALIZAR EL “INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS”, LOS QUE SUPERAN DICHA ANTIGÜEDAD ( Y NO TIENEN VIGENTE LA ITE) ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTARLO COMPLETANDO LA ITE EN CURSO. Ley 8/2013. Rehabilitación, renovación y regeneración urbana. TITULO I. Artículo 4. El Informe de Evaluación de los Edificios. (…) 5. El incumplimiento del deber de cumplimentar en tiempo y forma el Informe de Evaluación regulado por este artículo y la disposición transitoria primera tendrá la consideración de infracción urbanística, con el carácter y las consecuencias que atribuya la normativa urbanística aplicable al incumplimiento del deber de dotarse del informe de inspección técnica de edificios o equivalente, en el plazo expresamente establecido. Real Decreto 233/2013. Plan estatal de fomento del alquiler, la rehabilitación, renovación y regeneración urbana.  6. Programa de apoyo...

AYUDAS EN VIGOR DEL IDAE PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA

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PROGRAMA DE AYUDAS (IDAE) PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES DEL SECTOR RESIDENCIAL (USO VIVIENDA Y HOTELERO) OBJETO: Promover la realización de actuaciones integrales que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables (biomasa y geotermia) en los edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero).   Subvención de hasta el 30% del coste elegible (3.000,00 €/vivienda) DURACIÓN DEL PROGRAMA: INICIO: 2/10/2013 FIN: 10/2015 INICIO: máximo 6 meses desde la notificación de concesión FINALIZACIÓN DE LA OBRA Y JUSTIFICACIÓN : 12 meses desde la notificación de concesión . BENEFICIARIOS: a. Personas físicas y jurídicas propietarias únicos de edificios de uso vivienda o viviendas unifamiliares. b. Comunidades o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios de viviendas constituidos como propiedad horizontal. c. Personas físicas y jurídicas propietarias de edif...

LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA. NORMATIVA E INFRACCIONES

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La Certificación Energética de Edificios (viviendas y locales comerciales) es obligatoria para vender o alquilar inmuebles, en cumplimiento del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los edificios, sin embargo es el primer paso para una mentalización de la sociedad hacia la racionalización en nuestro consumo energético, que finalmente supondrá un ahorro de energía en nuestras facturas y un aumento en el confort de nuestras viviendas y locales. ALGUNOS ASPECTOS DEL REAL DECRETO 235/2013. ¿Qué edificios tienen la obligación de obtener el certificado de eficiencia energética? Edificios de nueva construcción. Edificios o partes de edificios que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor. Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie total superior a 250 m2 y que sean frecuentados ...